Con fecha 8 de marzo de 2017 se ingresa a la Cámara de Diputados el Proyecto de Ley que pretende modificar el Código del Trabajo con el objeto de reducir la jornada laboralde 45 horas a 40, paulatinamente.
Lo anterior consta en el Boletín 11179-13, el cual a la fecha sigue en trámite y no ha sido publicado.
No obstante lo anterior, si es interesante realizar un estudio frente a lo propuesto versus la situación legislativa actual.
i. Jornada Laboral en Chile.
El artículo 21 inciso 1° del Código del Trabajo señala que “Jornada de Trabajo es el tiempo durante el cual el trabajador debe prestar efectivamente sus servicios en conformidad al contrato.”
La jornada laboral es aquella que contractualmente un trabajador se obliga con un empleador a desempeñar el trabajo por el cual ha sido contratado. Esta puede ser ordinaria o parcial, conforme a la cantidad de horas semanales que contenga.
Actualmente el Código del Trabajo establece en su artículo 22° una jornada ordinaria cuyo máximo de duración es de 45 horas semanales.2
Es importante señalar que el mismo artículo establece en sus incisos siguientes excepciones a la limitación de duración de horas semanales para aquellos trabajadores que:
a. Presten servicios a distintos empleadores.
b. Gerentes
c. Administradores
d. Apoderados con facultad de administración
e. Todos aquellos que trabajen sin fiscalización superior inmediata
f. Aquellos contratados de acuerdo con el Código del Trabajo para prestar servicios en
su domicilio o en un lugar libremente elegido por ellos
g. Agentes comisionistas y de seguros
h. Vendedores viajantes
i. Cobradores
j. Demás que no ejerzan funciones en el local del establecimiento
k. Trabajadores a bordo de naves pesqueras
l. Trabajadores que presten sus servicios preferentemente fuera del lugar o sitio de funcionamiento de la empresa mediante la utilización de medios tecnológicos, informáticos o de telecomunicaciones.
ii. Proyecto de ley que Modifica la Jornada Laboral de 45 horas a 40 horas semanales.
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